LegislaciónTasación. Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario. Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el régimen jurídico de homologación de los servicios y sociedades de tasación, modificado parcialmente en el Real Decreto 1332/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 5/2005, de 22 de
Reglageneral de valoración. Los bienes inmuebles de naturaleza urbana o rústica, se computarán tomando como referencia el mayor valor de los tres siguientes: El valor catastral consignado en el recibo correspondiente a 2020 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El valor comprobado por la Administración a efectos de otros tributos, como,Sobreel plazo de garantía de la conformidad, dispone en líneas generales el art. 621-23 CCCat y refiriéndonos a compraventas de bienes inmuebles, que el vendedor responde ante el comprador de la falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del inmueble y se manifieste durante los tres años siguientes a dicha entrega.
RealDecreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y de las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana.Alos bienes y derechos incluidos en el Patrimonio Público del Suelo les serán de aplicación los criterios de valoración de los bienes del inmovilizado material. 7. Gastos a distribuir en varios ejercicios. Se aplicarán las normas siguientes: a) Gastos de formalización de deudas. Se valorarán por su precio de adquisición o Sección3ª. Normas de valoración de los bienes inmuebles de características especiales destinados al refino de petróleo. Artículo 13. Normas para la valoración de bienes inmuebles de características especiales destinados al refino de petróleo. Artículo 14. Coeficiente corrector del módulo de coste unitario aplicable a los inmuebles delvalor de un inmueble, se deben obtener cifras semejantes con diferencias poco signi-ficativas en las mismas. Los principios de valoración se recogen y definen en el Anexo 1-II de la Orden titu-lado «Principios». Principio de mayor y mejor uso La Orden lo enuncia como sigue: «El valor de un inmueble susceptible de ser dedica-
BOLETÍNOFICIAL. MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA ORDEN EHA/3011/2007, de 4 de octubre, por la que se modifica la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras (BOE n.º
Enel desarrollo reglamentario del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (T.R.L.C.I.) realizada por el R.D. 1464/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración catastral de los bienes inmuebles de características
DA. 1ª. Modificación del Real Decreto 1020/1993, de 25 de junio, por el que se aprueban las normas técnicas de valoración y el cuadro marco de valores del suelo y las construcciones para determinar el valor catastral de los bienes inmuebles de natural
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